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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234761
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Segunda Parte; Pág. 136
SALUD, DELITO CONTRA LA. TENTATIVA DE EXPORTACION. PRECEPTO APLICABLE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Segunda Parte; Pág. 136
A manera de dispositivo amplificador de los tipos delictivos de la parte especial, en el Código Penal se sigue el sistema de establecer la punición de la tentativa por medio de disposiciones generales, los artículos 12 y 63, que estructuran un tipo accesorio o subordinado, de contenido indeterminado y variable, sólo comprensible y útil en conexión con la correspondiente figura delictiva independiente. No obstante, rompiendo el sistema, la fracción II del artículo 197 del código punitivo erige en tipo delictivo independiente, con un contenido descriptivo preciso y una connotación penal propia, la tentativa de exportación de cualquier vegetal o sustancia estupefaciente o sicotrópica. En atención a lo anterior, si la conducta del acusado encuadra en lo preceptuado por esta última disposición, el juzgador no está en la obligación de aplicar el artículo 12 del ordenamiento punitivo.
Precedentes
Amparo directo 4186/80. Francisco Salas Valerio. 4 de diciembre de 1980. Cinco votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos.