Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/234818
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234818
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Segunda Parte; Pág. 105

LEGITIMA DEFENSA. INTERVENCION DE TERCERO. QUE NO LA CONFIGURA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Segunda Parte; Pág. 105

Precedentes

Amparo directo 4691/79. Sixto Santiago Camacho. 13 de febrero de 1980. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: Lenin Quiñones Pérez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 151, página 308, bajo el rubro "LEGITIMA DEFENSA INEXISTENTE.".
Registro digital (IUS): 234818