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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Segunda Parte; Pág. 195
SALUD, DELITO CONTRA LA. DICTAMEN QUIMICO INSUFICIENTE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Segunda Parte; Pág. 195
Si de autos aparece circunstancialmente evidenciado, que la confesión del quejoso ante la policía y ante el agente del Ministerio Público, le fue arrancada mediante la violencia física, y el dictamen químico de los expertos no precisa si las muestras de la sustancia que tuvieron a la vista, corresponden al que se afirma le recogieron al quejoso, concretándose únicamente a mencionar que no toda la sustancia es droga, pero sin precisar la cantidad, es evidente que tal dictamen, en esos términos, no es idóneo para apoyar y darle plena validez a la confesión, sino por el contrario, robustece más aún aquella circunstancia, esto es, de que su confesión se encuentra viciada; y tampoco tal dictamen sirve de base para el caso de que se argumentara que dada la cantidad de la droga decomisada, no es factible que los agentes se la cargaran al amparista, precisamente por la indeterminación de su peso.
Precedentes
Amparo directo 596/79. Moisés Guerrero Cauberos. 27 de febrero de 1980. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: Gilberto Chávez Priego.
Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "DICTAMEN QUIMICO INSUFICIENTE.".