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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234860
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Segunda Parte; Pág. 196
SALUD, DELITO CONTRA LA. NATURALEZA DE LAS SUSTANCIAS. DICTAMENES PERICIALES.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Segunda Parte; Pág. 196
Si el dictamen pericial relativo a un delito contra la salud, aparece suscrito por profesionistas médicos y químicos, es evidente que la opinión docta de esas personas es suficiente para determinar que la yerba sujeta a análisis es "mariguana", cuya tenencia ilegal reprueba la ley y sanciona como delito, resultando en consecuencia intrascendente el argumento del inculpado en el sentido de que dicho dictamen debió ser suscrito por "biólogos", porque no se trata de precisar la naturaleza biológica del producto encontrado en poder de dicho inculpado.
Precedentes
Amparo directo 3576/79. Roberto González Rivera. 9 de enero de 1980. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.