Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/234865
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234865
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Segunda Parte; Pág. 198

SUSTITUCION DE SANCIONES. FACULTAD DEL JUZGADOR PARA OTORGARLA (CODIGO DE JUSTICIA MILITAR).

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Segunda Parte; Pág. 198

Precedentes

Amparo directo 131/80. Margarita Zañiga Lozano. 16 de abril de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena. Secretario: Andrés Flores Hernández. Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "SUSTITUCION DE LA PENA. CODIGO DE JUSTICIA MILITAR, FACULTAD DEL JUZGADOR PARA OTORGARLA.".
Registro digital (IUS): 234865