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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Segunda Parte; Pág. 208
TRAICION, NO SE INTEGRA LA CALIFICATIVA DE, SOLO POR EL PARENTESCO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Segunda Parte; Pág. 208
En términos del artículo 240 del Código Penal del Estado de Veracruz, la sola circunstancia del parentesco entre víctima y victimario no siempre integra la calificativa de traición, pues ésta requiere de la presencia de otros elementos.
Precedentes
Amparo directo 6676/79. Crescenciano Martínez Gaspar. 7 de febrero de 1980. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.