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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234910
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Segunda Parte; Pág. 127

RIÑA, ELEMENTOS DE LA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Segunda Parte; Pág. 127

Precedentes

Amparo directo 5589/78. Adán Angeles González. 5 de julio de 1979. Mayoría de tres votos. Disidentes: Ernesto Aguilar Alvarez y Raúl Cuevas Mantecón. La publicación no menciona el nombre del ponente. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 51, página 28. Amparo directo 756/72. Israel Arreola García. 12 de marzo de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Volumen 51, página 28. Amparo directo 3526/72. Plutarco Navarrete Ortiz. 12 de marzo de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 281 y sus relacionadas, página 606 y siguientes.
Registro digital (IUS): 234910