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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234917
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Segunda Parte; Pág. 133
VENTAJA, CONCIENCIA DE LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Segunda Parte; Pág. 133
Se acredita la calificativa de ventaja, aun cuando mediara una fallida agresión del ofendido, si, cuando éste ya se encontraba inerte, con anulación de su defensa, el homicidio ocurrió como resultado de posteriores y repetidos golpes que le propinó el inculpado; lo que pone de manifiesto la superioridad de éste, debido a que en ese momento no corría riesgo alguno de ser muerto ni herido por el ofendido, y que además estaba consciente de ello, al prolongar la agresión.
Precedentes
Amparo directo 6716/78. Domingo Hernández Pérez. 15 de octubre de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Secretario: Francisco Nieto González.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 334 y sus relacionadas, página 712 y siguientes.