Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/234928
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234928
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Segunda Parte; Pág. 41
CAREOS, OMISION DE LOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Segunda Parte; Pág. 41
Si se está tramitando, por gestión de la defensa, la comparecencia de los agentes policiacos aprehensores y sin que el Juez acuerde que no podían verificarse los careos constitucionales, ordena la práctica supletoria de éstos, se violan las reglas fundamentales del procedimiento, si dichos careos constitucionales eran según afirmación de la defensa indispensables para que el inculpado acreditara haber sido violentado físicamente para aceptar los cargos a él imputados.
Precedentes
Amparo directo 3007/78. Robert Lloyd Kibler. 5 de abril de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.