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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234945
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Segunda Parte; Pág. 96

ESTADO DE INCONSCIENCIA NO CONFIGURADO, EN CASO DE IRA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Segunda Parte; Pág. 96

Precedentes

Amparo directo 2333/78. Marcos Muñoz Rizo. 15 de enero de 1979. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.
Registro digital (IUS): 234945