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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234955
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Segunda Parte; Pág. 120
PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL (HOMICIDIO SIMPLE Y EN RIÑA) (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Segunda Parte; Pág. 120
Conforme al artículo 275 del Código Penal de Jalisco, la penalidad del homicidio simple intencional es de 12 a 18 años, de manera que si entre la fecha en se gira la orden de aprehensión contra el inculpado y aquella otra en que se ejecuta, no transcurre el término medio aritmético para que opere la prescripción de acuerdo con el numeral 120 del ordenamiento citado, es inconducente el alegato prescriptivo de dicho inculpado, independientemente de que se le condene ya en el proceso por homicidio en riña, si la acción penal se ejercitó por homicidio simple intencional, y dado que para la mencionada prescripción se debe estar a la pena aplicable para el delito genérico.
Precedentes
Amparo directo 4681/78. José Durán Ramos. 26 de febrero de 1978. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volumen 70, página 26. Amparo directo 3002/74. Salvador Cadena Higuera. 23 de octubre de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XLV, página 59. Amparo directo 8793/60. Santos Rodríguez Marvel. 2 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Volumen XXV, página 88. Amparo directo 552/59. Clemente Olguín Carmona. 2 de julio de 1959. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis Chico Goerne. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Volumen XVIII, página 154. Amparo directo 3856/58. Antonio Munguía Nuño. 9 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Volumen X, página 101. Amparo directo 6733/57. Mauro o Maurilio Germán Cortés. 29 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo II, Primera Parte, tesis 7, página 6, bajo el rubro "ACCION PENAL, PRESCRIPCION DE LA.".
Notas:
En los Volúmenes 70 y X, páginas 26 y 101, la tesis aparece bajo el rubro "PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL.".
En los Volúmenes XLV y XXV, páginas 59 y 88, la tesis aparece bajo el rubro "PRESCRIPCION DE LA ACCION.".
En el Volumen XVIII, página 154, la tesis aparece bajo el rubro "PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL (LEGISLACION DE JALISCO).".