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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234964
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Segunda Parte; Pág. 167
SALUD, DELITO CONTRA LA. EXPORTACION. COPARTICIPACION SIN POSESION.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Segunda Parte; Pág. 167
El hecho de que el inculpado no haya estado en posesión de la droga no significa su falta de participación en el delito de exportación de estupefacientes, dado que se demuestra precisamente la teoría de la equivalencia de las condiciones, si con la conducta observada participó culpablemente en el resultado producido, al prestar a quien realizó materialmente la exportación una cooperación secundaria, a sabiendas de que favorecía la ejecución del delito.
Precedentes
Amparo directo 1666/78. Félix Treviño Maldonado. 7 de mayo de 1979. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.
Amparo directo 1667/78. Guadalupe Guzmán Jasso. 7 de mayo de 1979. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.