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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234982
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 115-120, Segunda Parte; Pág. 35

ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS. INDEBIDA APLICACION DE LA FRACCION IV DEL ARTICULO 138 DEL CODIGO PENAL DEL ESTADO DE SONORA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 115-120, Segunda Parte; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 4147/77. Modesto Payán Valenzuela. 16 de octubre de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Secretario: Régulo Torres Martínez. Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS. INEXACTA APLICACION DE LA FRACCION IV DEL ARTICULO 138 DEL CODIGO PENAL DEL ESTADO DE SONORA.".
Registro digital (IUS): 234982