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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235000
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 115-120, Segunda Parte; Pág. 61
PERITOS, ASESORAMIENTO DE LOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 115-120, Segunda Parte; Pág. 61
La finalidad de la prueba pericial o informe pericial, es orientar el criterio del juzgador en la búsqueda de la verdad histórica, cuando para el examen de personas, hechos u objetos, se requieren conocimientos científicos, artísticos o prácticos de los que carece aquél. Así, y como no existe ninguna disposición legal que prohiba que los peritos se asesoren, a su vez, o cambien impresiones con otros expertos, para mejor orientar su criterio y emitir un juicio más eficiente o seguro, la circunstancia de que los peritos hagan suyos algunos experimentos practicados por otros expertos y se basen en ellos para emitir su dictamen, no causa perjuicio alguno al inculpado.
Precedentes
Amparo directo 2096/76. Rodolfo Zambada Fajardo. 14 de julio de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.