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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235002
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 115-120, Segunda Parte; Pág. 74
POBLACION, CONCIERTO PREVIO INNECESARIO EN CASO DEL DELITO PREVISTO EN EL ARTICULO 118 DE LA LEY GENERAL DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 115-120, Segunda Parte; Pág. 74
Tratándose del delito previsto en el artículo 118 de la Ley General de Población, no se requiere un concierto previo entre los sujetos activos para que el ilícito se configure.
Precedentes
Amparo directo 2775/77. Mauro José Vázquez Ancona. 11 de septiembre de 1978. Cinco votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena.