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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235049
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Segunda Parte; Pág. 94

POLICIAS, RIÑA ENTRE PARTICULARES Y, NO CONFIGURADA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Segunda Parte; Pág. 94

Precedentes

Amparo directo 6279/77/1a. Eleazar Padilla Rodríguez. 12 de junio de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Secretario: Salvador Ramos Sosa. Notas: Confirma jurisprudencia 233, Apéndice de Jurisprudencia 1917-1975, Segunda Parte, página 507. En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "RIÑA, MODIFICATIVA DE. SU INEXISTENCIA.".
Registro digital (IUS): 235049