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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235053
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Segunda Parte; Pág. 99
SALUD, DELITO CONTRA LA. SUMINISTRO NO CONFIGURADO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Segunda Parte; Pág. 99
El vocablo "suministrar" implica que quien a través de ese acto recibe alguna cosa, no tiene previamente ningún control o dominio sobre la misma. Así, si se advierte que el inculpado recibió en guarda la droga que otro le encargó, aun cuando haya regresado a éste el dicho inculpado algunas porciones de la cantidad total de la sustancia, en los términos de lo convenido por ellos, propiamente no se tipifica, por las razones asentadas, la modalidad de suministro.
Precedentes
Amparo directo 1484/77. Cecilio Villanueva Trejo. 26 de junio de 1978. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.