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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235054
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Segunda Parte; Pág. 100
SALUD, DELITO CONTRA LA. TRANSPORTACION NO CONFIGURADA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Segunda Parte; Pág. 100
Para que se configure la modalidad de transportación, se requiere no sólo que se haya conducido el estupefaciente, sino que es necesario que el traslado tenga una finalidad positiva de transmitirla a terceros, por lo que si una persona lo tiene en su poder y lo conduce a su domicilio, aun quedando éste dentro del ámbito de otro medio y de que no se haya demostrado que fuera para su consumo personal, no se actualiza la modalidad de que se trata.
Precedentes
Amparo directo 6076/77. Omar Augusto Zorrilla Lavalle. 8 de marzo de 1978. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Secretario: Salvador Ramos Sosa.
Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volúmenes 97-102, página 106. Amparo directo 4175/76. David Sánchez Lezama. 23 de marzo de 1977. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Nota:
En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "TRANSPORTACION NO CONFIGURADA.".
En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "TRANSPORTACION DE ESTUPEFACIENTES. CUANDO NO SE SURTE ESTA MODALIDAD.".