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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Segunda Parte; Pág. 100
SALUD, DELITO CONTRA LA. TRANSPORTACION POR EL PROPIO DUEÑO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Segunda Parte; Pág. 100
Si bien es cierto que la modalidad de transportación de estupefacientes la ejecuta por lo general persona distinta al propietario de los mismos, persona a quien se encarga específicamente del transporte de la sustancia, también es verdad que cuando es el dueño del estupefaciente quien lleva a cabo el desplazamiento, contemplada la conducta desde un ángulo, aparece tal desplazamiento como una de las manifestaciones de la propiedad, y se integra en tal caso, vista la situación bajo ese prisma, la modalidad de posesión; pero el hecho de que se haga caso omiso del carácter de propietario que tenga quien hace la transportación y se le condene precisamente por la modalidad de transportación, no le causa agravio, ya que efectivamente hubo el desplazamiento del estupefaciente de un lugar hacia otro; si tal desplazamiento es una manifestación de la propiedad, ya que quien la desplaza se está comportando en relación con la droga como su dueño, no impide ello que por no tenerse en cuenta el carácter de dueño de quien traslada la sustancia, se le condene por transportación, pues, como ya se dijo, no causa agravio alguno al inculpado el que no se considere su conducta bajo el ángulo de la posesión, ya que era propietario, y que se haya tenido en cuenta únicamente el desplazamiento que él llevó a cabo.
Precedentes
Amparo directo 3053/77. Abel Hernández Lozoya. 26 de enero de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.