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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235060
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Segunda Parte; Pág. 104

TESTIGOS. MAYORIA DE, NO RELEVANTE.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Segunda Parte; Pág. 104

Precedentes

Amparo directo 6800/77. Luis Muñoz Rodríguez. 8 de marzo de 1978. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Secretario: Salvador Ramos Sosa. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volúmenes 103-108, página 131. Amparo directo 732/77. Clemencio Ramales Tapia. 28 de julio de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Volumen 51, página 33. Amparo directo 3067/72. Alvaro Hernández Hernández. 1o. de marzo de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen IV, página 126. Amparo directo 5337/56. Nicolás Guillén Ramón. 11 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Nota: En el Volumen 51, página 33, la tesis aparece bajo el rubro "TESTIGOS PLURALIDAD DE.". En el Volumen IV, página 126, la tesis aparece bajo el rubro "TESTIGOS APRECIACION DE SUS DECLARACIONES (LEGISLACION DE VERACRUZ).". En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "TESTIMONIOS, APRECIACION DE LOS.".
Registro digital (IUS): 235060