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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235090
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Segunda Parte; Pág. 111
ROBO DE USO NO CONFIGURADO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Segunda Parte; Pág. 111
Es inexacto que los hechos delictuosos constituyan robo de uso y no robo simple, si no obra en autos prueba alguna que confirme la aseveración del inculpado en el sentido de que el vehículo lo iba a regresar al lugar de donde lo tomó, tanto más si se apoderó de un vehículo cuyo dueño no conocía, y que fue desapoderado del mismo contra su voluntad al haber sido detenido después de haber tratado de huir; en tal virtud, si no se demostró que tomó el citado vehículo con carácter temporal y sin ánimo de apropiación o posterior enajenación, queda viva la presunción de intencionalidad que establece la ley, configurándose en consecuencia el delito de robo simple.
Precedentes
Amparo directo 2252/77. José Angel Sánchez Fuentes. 8 de septiembre de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 293, página 630 bajo el rubro "ROBO DE USO.".