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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235129
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Segunda Parte; Pág. 16
COMPETENCIA CONSTITUCIONAL, EFECTOS DEL AMPARO QUE SE CONCEDE CONTRA SENTENCIA DICTADA POR TRIBUNAL INCOMPETENTE. POR CARENCIA DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Segunda Parte; Pág. 16
Si la sentencia que se reclama fue pronunciada por autoridad sin competencia constitucional, carece por completo de efectos, por ser ilegal en todas sus partes, y es incuestionable que ello agravia al reo, por lo cual, en reparación de esa violación, procede concederle el amparo. Ahora bien, esta Sala sostiene que, en estos casos, no procede ordenar la reposición del procedimiento al haber sido juzgado el inculpado por un tribunal incompetente, pues ello equivaldría a preterir un principio fundamental del juicio de amparo, que consiste en la prohibición de la "reformatio in peius", pues, obligando al quejoso a un nuevo proceso, se corre el riesgo de que salga perjudicado con su amparo, amén de que se desobedecería lo dispuesto por el artículo 23 Constitucional.
Precedentes
Amparo directo 325/76. Héctor Arturo Guajardo Contreras. 8 de julio de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y A.