Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/235160
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235160
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Segunda Parte; Pág. 61
SALUD, DELITO CONTRA LA. CULTIVO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Segunda Parte; Pág. 61
Se acredita la modalidad de cultivo, en la medida en que se prueba que entre la siembra y la cosecha existe un período de cuidados en el desarrollo de las plantas que hacen posible una producción destinada a las actividades del narcotráfico; de tal suerte que se presume la existencia de dicha modalidad cuando el inculpado confiesa haber sembrado y vendido al menudeo el estupefaciente respectivo.
Precedentes
Amparo directo 839/76. Nicolás Arellano Vizcaíno. 30 de julio de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.