Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/235168
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235168
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Segunda Parte; Pág. 71
SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESION Y TRANSPORTACION DE MARIHUANA, SEGUN LO PREVISTO ANTES Y DESPUES DE LA REFORMA DE 1974 AL CODIGO PENAL.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Segunda Parte; Pág. 71
Si una persona fue sancionada con base en el artículo 195, fracción I, del Código Penal, por la comisión de un delito contra la salud en sus modalidades de posesión y transporte del estupefaciente denominado marihuana, como con posterioridad a los hechos que motivaron el proceso, dicho artículo fue reformado (por decreto de veintiocho de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro), las sanciones por tal ilícito, en caso de que el quejoso buscara el beneficio de la ley reformada, deberían ubicarse, en ese supuesto, en el artículo 198, fracción I, que prevé aquellas modalidades y no en el mismo 195, fracción I, que se refiere a los casos de quien sin ser adicto posee una cantidad, por primera vez, destinada a su propio e inmediato consumo, en los que no se encuentra previsto el delito y las modalidades por las que fue procesado el quejoso.
Precedentes
Amparo directo 399/76. Víctor Suárez Robles. 10 de septiembre de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Salvador Castro Zavaleta.
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA, EN SUS MODALIDADES DE POSESION Y TRANSPORTACION DE MARIHUANA, PREVISTO ANTES Y DESPUES DE LA REFORMA DE 1974 AL CODIGO PENAL.".