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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235255
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 87, Segunda Parte; Pág. 67
POLICIA JUDICIAL, VALOR PROBATORIO DE LOS PARTES DE AGENTES DE LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 87, Segunda Parte; Pág. 67
El solo parte policiaco es insuficiente para establecer la responsabilidad penal del inculpado en el delito contra la salud si no existe ningún otro dato en autos que apoye el mencionado parte, pues la fe ministerial y el dictamen pericial nada más indican que existieron la marihuana y sus semillas, pero no que éstas hayan sido encontradas en el domicilio de dicho inculpado.
Precedentes
Amparo directo 5375/75. Ovidio Rodríguez García. 22 de marzo de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y A.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 49, Segunda Parte, página 27, tesis de rubro "POLICIA JUDICIAL, CARACTER PROBATORIO DE LOS PARTES DE AGENTES DE LA.".