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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235258
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 87, Segunda Parte; Pág. 69
ROBO DE DEPENDIENTE, EXISTENCIA DEL.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 87, Segunda Parte; Pág. 69
Si en autos se demostró que el inculpado tenía el carácter de velador del paciente del delito, y durante la noche se apoderó de una suma de dinero que había en el cajón de un escritorio, el delito de robo que se le atribuye es calificado, porque violó la confianza en él depositada.
Precedentes
Amparo directo 5274/75. Rogelio Magayán Santoyo. 12 de marzo de 1976. Mayoría de tres votos. Disidente: Manuel Rivera Silva. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Secretario: J. Jesús Duarte Cano.