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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235281
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 86, Segunda Parte; Pág. 63
MIEDO GRAVE, AMENAZA COMO ELEMENTO INTEGRANTE DE LA EXCLUYENTE DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 86, Segunda Parte; Pág. 63
La amenaza es uno de los elementos constitutivos de la excluyente de miedo grave, porque ésta exige que con anterioridad al acto culminante de la defensa que provoca el miedo, haya habido de parte de la contraria una amenaza grave, inminente y determinada a la vida o a los bienes; que en el momento de producirse la colisión o encuentro del amenazante y del amenazado, aquél por su actitud o vías de hechos, haya hecho creer al segundo, fundadamente, que iba a ejecutar la amenaza poniendo en peligro su vida, y que en el momento preciso de la agresión que se temía el amenazado repela esa agresión.
Precedentes
Amparo directo 4578/75. Ubaldo y Catarino Gauna Bazaldúa. 13 de febrero de 1976. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen C, página 38. Amparo directo 488/65. Donato Luna Silva. 13 de octubre de 1965. Cinco votos. Ponente: Alberto González Blanco.
Quinta Epoca:
Tomo LXIV, página 258. Amparo penal directo 8808/39. Asención Ayala. 4 de abril de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota:
En el Volumen C, página 38, la tesis aparece bajo el rubro "MIEDO GRAVE.".
En el Tomo LXIV, página 258, la tesis aparece bajo el rubro "MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE COAHUILA).".