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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235322
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 85, Segunda Parte; Pág. 69

VIOLACION, EXISTENCIA DEL DELITO DE.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 85, Segunda Parte; Pág. 69

Precedentes

Amparo directo 2200/75. Eduardo Legorreta Vargas. 7 de enero de 1976. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y A. Véanse: Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 23, página 39, tesis de rubro "VIOLACION, COPULA COMO ELEMENTO DEL DELITO DE.". Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen XXI, página 218, tesis de rubro "VIOLACION.". Volumen XVIII, página 120, tesis de rubro "VIOLACION.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 341, página 732, bajo el rubro "VIOLACION, EXISTENCIA DEL DELITO DE.".
Registro digital (IUS): 235322