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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235323
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 84, Segunda Parte; Pág. 13
ESTADO DE NECESIDAD Y RIÑA. SE EXCLUYEN.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 84, Segunda Parte; Pág. 13
No puede hablarse de estado de necesidad, en que se pretende se encuentra el inculpado, cuando ve que su padre está en peligro, si esta situación es el producto de una riña que el padre sostiene con el que resulta muerto, lo que de ninguna manera presupone conflicto de intereses jurídicamente tutelados, sino que se encuentra al margen de la ley.
Precedentes
Amparo directo 4213/75. Heriberto Cantú Torres. 4 de diciembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen VI, página 141. Amparo directo 998/56. Rodolfo Ordóñez Navarrete. 13 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
Nota: En el Volumen VI, página 141, la tesis aparece bajo el rubro "ESTADO DE NECESIDAD Y RIÑA.".