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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235353
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 84, Segunda Parte; Pág. 67
TOXICOMANOS, CONSIGNACION INDEBIDA A LAS AUTORIDADES SANITARIAS DE QUIENES NO SON.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 84, Segunda Parte; Pág. 67
Si se demuestra con prueba técnica que no se es farmacodependiente, la consignación que se haga a las autoridades sanitarias carece de fundamento legal, pues de acuerdo con la ley aplicable tales consignaciones se relacionan con los toxicómanos.
Precedentes
Amparo directo 5964/74. Luis Baeza Herrera. 1o. de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Secretario: Salvador Ramos Sosa.
Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "AUTORIDADES SANITARIAS, INDEBIDA CONSIGNACION A LAS.".