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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235361
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 83, Segunda Parte; Pág. 17

CHEQUES SIN FONDOS Y FRAUDE. COMPETENCIA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 83, Segunda Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo directo 1851/75. Leobardo Arenas Díaz. 28 de noviembre de 1975. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Eduardo Langle Martínez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1717-1975, Segunda Parte: Tesis 98, página 218, bajo el rubro "CHEQUES SIN FONDOS. COMPETENCIA." y Tesis 99, página 219, bajo el rubro "CHEQUES SIN FONDOS, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL DELITO DE EXPEDICION DE.".
Registro digital (IUS): 235361