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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235370
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 83, Segunda Parte; Pág. 40
LESIONES, QUERELLA SINGULAR POR EL DELITO DE, HABIENDO VARIOS OFENDIDOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 83, Segunda Parte; Pág. 40
Basta con que uno de los varios lesionados imprudencialmente en un solo acto se querelle por el delito de lesiones cometido en su agravio, para proceder en contra del responsable respecto a todos los lesionados, así no se hubieran querellado los demás ofendidos, por no poderse dividir la continencia de la causa.
Precedentes
Amparo directo 1016/75. Arturo Madrigal Cadena. 24 de noviembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XLVIII, Segunda Parte, página 58, tesis de rubro "QUERELLA NECESARIA, DAÑOS CON MOTIVO DEL TRANSITO DE VEHICULOS.".