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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 83, Segunda Parte; Pág. 53
ROBO, PERITAJE SOBRE EL VALOR DEL BIEN OBJETO DEL, NO ENCONTRADO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 83, Segunda Parte; Pág. 53
Esta Primera Sala ha sostenido en reiteradas ocasiones que el hecho de que los objetos materia de un robo no puedan ser encontrados, pero sí en cambio son descritos de manera fehaciente para que pueda realizarse su avalúo, se justifica el dictamen pericial correspondiente.
Precedentes
Amparo directo 1099/75. Sergio Martínez Villegas o Sergio Mortimer Villegas y coagraviados. 5 de noviembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Quinta Epoca:
Suplemento 1956, página 385. Amparo directo 1440/53. Manuel Arenas Rodríguez. 29 de enero de 1954. Cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: En el Suplemento 1956, página 385, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL.".