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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235381
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 83, Segunda Parte; Pág. 56

SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESION. ATENUACION DE LA PENA ESTABLECIDA EN LAS REFORMAS AL CODIGO PENAL.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 83, Segunda Parte; Pág. 56

Precedentes

Amparo directo 2233/75. Evelio Cantú Méndez. 10 de noviembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 80, página 57. Amparo directo 1657/75. Pedro Quiroz Zayas. 29 de agosto de 1975. Mayoría de tres votos. Disidente: Ernesto Aguilar Alvarez. Ponente: Ezequiel Burgete Farrera. Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 80, página 57, tesis de rubro "SALUD, DELITO COBRA LA. POSESION. ATENUACION DE LA PENA ESTABLECIDA EN LAS REFORMAS AL CODIGO PENAL."(1a. tesis). Volumen 80, página 58, tesis de rubro "DELITO, CONTRA LA. POSESION. ATENUACION DE LA PENA ESTABLECIDA EN LAS REFORMAS AL CODIGO PENAL.". Volumen 76, página 54, "DELITO, CONTRA LA. POSESION. ATENUACION DE LA PENA ESTABLECIDA EN LAS REFORMAS AL CODIGO PENAL.".
Registro digital (IUS): 235381