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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235393
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Segunda Parte; Pág. 17

CONDENA CONDICIONAL, REQUISITOS DE DOS AÑOS DE PENALIDAD PARA LA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Segunda Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo directo 2406/75. Lázaro Berlanga Martínez. 13 de octubre de 1975. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen XXXI, página 12, tesis de rubro "CONDENA CONDICIONAL. PRUEBA.". Volumen XVI, página 79, tesis de rubro "CONDENA CONDICIONAL.". Apéndice 1917-1975, Segunda Parte, tesis 73, página 159, bajo el rubro "CONDENA CONDICIONAL, REQUISITOS PARA LA.".
Registro digital (IUS): 235393