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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235408
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Segunda Parte; Pág. 31
MARIHUANA, PRUEBA DE LA IDENTIDAD DE LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Segunda Parte; Pág. 31
Aun cuando sea verdad que no se haya dictaminado sobre la marihuana comprada por el inculpado, también lo es que la prueba específica puede suplirse con la circunstancia derivada del valor indiciario que producen otras pruebas; esto es, si al coacusado del inculpado se le detuvo porque la policía tenía conocimiento que se dedicaba al tráfico de marihuana; si al ser detenido se le encontró esta yerba; si confesó haber vendido marihuana a dicho inculpado y éste también admite haber comprado, todo ello, lógicamente, permite concluir que la materia de la compraventa fue la expresada droga, cuya sustancia esta catalogada como estupefaciente en el código sanitario.
Precedentes
Amparo directo 2394/73. Matías García Chávez y otros. 9 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Véanse:
Semanario Judicial de la Federación:
Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volumen 68, página 33, tesis de rubro "MARIHUANA. PRUEBA DE SU NATURALEZA.".
Volumen 35, página 64, tesis de rubro "MARIHUANA IDENTIFICACION DE LA .".
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XXIV, página 47, tesis de rubro "DROGAS ENERVANTES, EXAMEN DE LAS.".
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, tesis 307 y sus relacionadas, página 655 y siguientes.