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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235422
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Segunda Parte; Pág. 42
RESPONSABILIDAD OFICIAL DE FUNCIONARIOS, LEY DE. NO ES APLICABLE A EMPLEADOS O FUNCIONARIOS DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Segunda Parte; Pág. 42
Los empleados o funcionarios de los organismos descentralizados, no lo son directamente del gobierno federal; de ahí que no les sea aplicable la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, para ser juzgados por un jurado popular y no por un tribunal de derecho; por otra parte, no es aplicable esta ley, al resultar materialmente perjudicado con la comisión del delito el organismo descentralizado y no el fisco federal.
Precedentes
Amparo directo 721/1975. Cristino Palacios Ricalday. 23 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y A.