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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235430
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Segunda Parte; Pág. 48
SALUD, DELITO CONTRA LA. TRAFICO EN GRADO DE TENTATIVA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Segunda Parte; Pág. 48
Se está en el caso de una tentativa de tráfico en cualquiera de las acepciones que la jurisprudencia concede a ese grado de delito, si el inculpado es detenido al ir a entregar los enervantes a una tercera persona, sin que pasaran del acusado a ésta, y si además no se justifica la existencia de la persona receptora de la droga; en cuya circunstancia la conducta del activo quedó en grado de ejecución, que por causas ajenas a su voluntad no llegó a consumarse.
Precedentes
Amparo directo 1220/74. Encarnación Favela Aguirre. 22 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Secretario: Mario Ojeda Erosa.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 70, Segunda Parte, página 34, tesis de rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA. TRAFICO EN GRADO DE TENTATIVA.".