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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235439
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 81, Segunda Parte; Pág. 17
CHEQUES SIN FONDOS. COMPETENCIA (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 81, Segunda Parte; Pág. 17
No es consecuencia necesaria que, cuando se libra un cheque y éste no es pagado por el librado, se configure el delito de libramiento de cheques sin fondos previsto en el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, porque bien puede constituir ese libramiento el medio de que se vale el librador para engañar a alguna persona y con ello obtener ilícitamente una cosa o un lucro indebido. Los elementos del delito que prevé el artículo 193 citado, son: el libramiento de un cheque; que éste sea presentado en tiempo ante el librado para su pago, y que el pago sea negado por causa imputable al librador. Ahora bien, si falta alguno de estos elementos, no es configurable el tipo que prevé dicha ley federal y de ahí que, en esos casos, no se surta la competencia de los tribunales federales para conocerlos; sin embargo, ello no quiere decir que la conducta desplegada por el activo deba quedar impune, porque puede ser encuadrada y sancionarse, si para tal fin existen los elementos necesarios, dentro del supuesto previsto en la fracción III del artículo 372 del Código de Defensa Social para el Estado de Puebla.
Precedentes
Competencia 48/75. Suscitada entre el Juez Primero de Distrito de el Estado de Puebla y el Juez de Defensa Social de Huejotzingo, Puebla. 11 de septiembre de 1975. Cinco votos Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: Ismael Ruiz Martínez.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, tesis 96, y sus relacionadas, página 211 y siguientes.
Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "CHEQUES, LIBRAMIENTO DE, Y FRAUDE. COMPETENCIA.".