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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235454
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 80, Segunda Parte; Pág. 16

CONASUPO, BODEGAS RURALES, S.A. DE C.V. PECULADO EN SU PERJUICIO.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 80, Segunda Parte; Pág. 16

Precedentes

Amparo directo 5634/73. David Reyes Escalera. 25 de agosto de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 76, página 29. Amparo directo 4873/74. Rodolfo García Olivares. 24 de abril de 1975. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 41, página 15. Amparo directo 88/72. Flavio Duarte Alvarado. 4 de mayo de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Nota: En el Volumen 41, página 15, la tesis aparece bajo el rubro "CONASUPO, PECULADO EN PERJUICIO DE LA.".
Registro digital (IUS): 235454