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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235485
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 80, Segunda Parte; Pág. 58

SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESION. ATENUACION DE LA PENA ESTABLECIDA EN LAS REFORMAS AL CODIGO PENAL.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 80, Segunda Parte; Pág. 58

Precedentes

Amparo directo 1623/75. Roberto Ramírez Delgado. 29 de agosto de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 76, página. 54. Amparo directo 4069/74. Manuel Alvarez de Teresa. 17 de abril de 1975. Mayoría de tres votos. Disidente: Ernesto Aguilar Alvarez. Ponente: Mario G. Rebolledo. Volumen 76, página 54. Amparo directo 4026/74. Jesús Mario Ferreiro Batiza. 17 de abril de 1975. Mayoría de tres votos. Disidente: Ernesto Aguilar Alvarez. Ponente: Mario G. Rebolledo. Volumen 76, página 54. Amparo directo 2483/73. Marco Antonio Argüello Ramírez. 3 de abril de 1975. Mayoría de tres votos. Disidentes: Manuel Rivera Silva y Ernesto Aguilar Alvarez. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Secretario: Homero Ruiz Velázquez.
Registro digital (IUS): 235485