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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235492
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Segunda Parte; Pág. 13
ALLANAMIENTO DE MORADA. CIRCUNSTANCIA QUE NO CONSTITUYE JUSTIFICACION (LEGISLACION DEL ESTADO DE ZACATECAS).
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Segunda Parte; Pág. 13
Es inexacto que constituya justificación del allanamiento cometido por el acusado el hecho de que se tratara de la casa de su suegro, a la que iba a buscar a su esposa, ya que si no era su domicilio, no tenia derecho a introducirse sin el permiso necesario; en cambio, por la relación familiar, estaba mayormente obligado a guardar el respeto debido. Por lo tanto, y si el mismo inculpado confiesa haber empleado la violencia para penetrar en dicho domicilio, no hay posible causa de justificación.
Precedentes
Amparo directo 152/75. Raúl Aguina López. 7 de julio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y A. Secretario: Régulo Torres Martínez.
Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "ALLANAMIENTO DE MORADA, CIRCUNSTANCIA QUE NO CONSTITUYE JUSTIFICACION (CODIGO PENAL DEL ESTADO DE ZACATECAS).