Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/235499
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235499
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Segunda Parte; Pág. 19
ESTADO TRANSITORIO DE GRAVE CONMOCION EMOCIONAL, ATENUANTE DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE ZACATECAS).
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Segunda Parte; Pág. 19
La atenuante de responsabilidad consistente en encontrarse el acusado en un estado transitorio de grave conmoción emocional, que contempla el artículo 335 del Código Penal del Estado de Zacatecas, debe estar motivada por alguna agresión a los sentimientos afectivos del inculpado o al honor de sus padres, hijos, cónyuge o al suyo propio; y para que la atenuante sea operante, debe de acreditarse la alteración psíquica a través de un dictamen de peritos, ya que la actuación desplegada produce manifestaciones externas que permiten una interpretación técnica susceptible de determinarse por un dictamen pericial, puesto que para tal determinación se requieren conocimientos médicos especiales, y si no se rinde ningún dictamen al respecto, no opera la modificativa.
Precedentes
Amparo directo 1491/75. Pedro Mayorga González. 21 de julio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Véanse:
Semanario Judicial de la Federación:
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XXXIV, página 44, tesis de rubro "INCONSCIENCIA COMO EXCLUYENTE.".
Volumen VI, página 164, tesis de rubro "INCONSCIENCIA COMO EXCLUYENTE.".
Quinta Epoca:
Tomo CXXIII, página 1256, tesis de rubro "INCONSCIENCIA COMO EXCLUYENTE.".
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, tesis 159, página 325, bajo el rubro "INCONSCIENCIA, PRUEBA DE LA EXCLUYENTE DE.".