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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235502
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Segunda Parte; Pág. 25
PECULADO, REPARACION DEL DAÑO EN EL DELITO DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Segunda Parte; Pág. 25
Tratándose del delito de peculado, no se causa perjuicio al inculpado con la condena a la reparación del daño, porque es imperativo sancionarlo de esa forma, pues de no hacerlo así, se permitiría un enriquecimiento ilegítimo por parte del reo.
Precedentes
Amparo directo 5785/74. Oscar Betancourt Cataño. 24 de julio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, tesis 268, página 582, bajo el rubro "REPARACION DEL DAÑO, FIJACION DEL MONTO DE LA.".