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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235506
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Segunda Parte; Pág. 29
SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA. PRUEBA PERICIAL.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Segunda Parte; Pág. 29
Para acreditar la causa de justificación supralegal consignada en el último párrafo del artículo 195 (antes de su última reforma) del Código Penal Federal, no es suficiente el hecho de que el dictamen de los peritos establezca que es perfectamente aceptable que la cantidad de droga encontrada al acusado fuera de su exclusivo consumo, si no se alude a que esa cantidad de droga sea exactamente la requerida para la satisfacción inmediata de las necesidades del vicioso.
Precedentes
Amparo directo 4607/74. Ramón Cabrera Romero. 21 de julio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: Alberto Martín Carrasco.