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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235534
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 78, Segunda Parte; Pág. 34
SALUD, DELITO CONTRA LA. TRAFICO EN GRADO DE TENTATIVA, NO CONFIGURADO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 78, Segunda Parte; Pág. 34
Si el inculpado sólo mencionó haber tenido en mente a los futuros clientes a quienes pensaba vender el enervante del que se le encontró en posesión, ello es suficiente para tipificar la tentativa de la modalidad de tráfico, puesto que esta entraña forzosamente un principio de ejecución, no pudiéndose considerar como tal el simple pensamiento (pensar en vender), que, cuando mas, podría estimarse como lo que la doctrina denomina acto preparatorio, el cual, por su misma esencia, es equívoco y por ende no está directa e inmediatamente encaminado a la realización de un delito ni, como ya se dijo, entraña un principio de ejecución.
Precedentes
Amparo directo 4675/67. Pedro Baquedado González. 4 de junio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volumen 70, página 34, tesis de rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA. TRAFICO EN GRADO DE TENTATIVA.".
Volumen 59, página 31, tesis de rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA. TENTATIVA DE VENTA NO CONFIGURADA.".