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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235536
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 78, Segunda Parte; Pág. 37
TESTIGO DE OIDAS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 78, Segunda Parte; Pág. 37
No puede afirmarse que exista prueba en sentido procesal, entendiendo por tal algo que sea apto para producir convicción, si el dicho de los testigos tiene como fuente de información un tercero, cuya comparecencia nunca se logró y por lo tanto se trata de un testimonio de oídas, si es que en alguna forma se le puede catalogar procesalmente.
Precedentes
Amparo directo 22/75. Jesús Delgado Alemán. 18 de junio de 1975. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XXI, página 214, tesis de rubro "TESTIGOS DE OIDAS.".
Volumen XX, página 179, tesis de rubro "TESTIGOS DE OIDAS.".
Volumen II, página 120, tesis de rubro "TESTIGOS DE OIDAS.".