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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235537
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 78, Segunda Parte; Pág. 39
VEHICULOS, COLISION DE. COMPETENCIA. BIENES DE PETROLEOS MEXICANOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 78, Segunda Parte; Pág. 39
No por el hecho de que el acusado de un delito de daño en propiedad ajena en perjuicio de un particular, manejara un camión propiedad de Petróleos Mexicanos, debe surtirse la competencia federal, pues a pesar de que se acredite que el inculpado trabajara en Petróleos Mexicanos, y que en el sumario aparezca que se ocasionaron daños a ese organismo descentralizado; sin embargo, al no querellarse esta institución en contra del chofer, es evidente que la autoridad federal no puede conocer de un delito cometido sólo en perjuicio de particulares.
Precedentes
Competencia 5/75. Suscitada entre los Jueces Mixto de Primera Instancia de Huimanguillo, Tabasco y el de Distrito de el mismo Estado. 5 de junio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.
Véanse:
Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 56, Segunda Parte, página 57, tesis de rubro "PETROLEOS MEXICANOS, DAÑO EN PROPIEDAD DE BIENES DE, POR IMPRUDENCIA, DE LA QUE RESULTEN LESIONES Y DAÑOS A BIENES DE PARTICULARES. COMPETENCIA.".
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, tesis 330, página 703, bajo el rubro "VEHICULOS DE SERVICIO PUBLICO, DAÑO EN PROPIEDAD AJENA COMETIDO CON MOTIVO DEL TRANSITO DE.".