Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/235543
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235543
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 77, Segunda Parte; Pág. 25

MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES DEL, OMISION POR ERROR EN LOS PUNTOS PETITORIOS.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 77, Segunda Parte; Pág. 25

Precedentes

Amparo directo 17/75. Jesús María Cavazos Treviño. 8 de mayo de 1975. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y A. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 64, página 27. Amparo directo 1269/73. Manfredo Martínez Pérez. 15 de abril de 1974. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen CXXIV, página 36. Amparo directo 2982/67. Lourdes Medina Sánchez. 9 de octubre de 1967. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado. Volumen LXXIX, página 29. Amparo directo 1580/63. Juan Sánchez López y Guadalupe Robles Gamboa. 10 de enero de 1964. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega. Nota: En el Volumen 64, página 27, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO, CITA ERRONEA DE PRECEPTOS LEGALES POR EL.". En el Volumen CXXIV, página 36, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES DEL. DEBEN CONSIDERARSE COMO UN TODO.". En el Volumen LXXIX, página 29, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO. CITA EQUIVOCADA DE PRECEPTOS HECHA POR EL.".
Registro digital (IUS): 235543