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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235555
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Segunda Parte; Pág. 28
CATEO SIN ORDEN JUDICIAL. VIOLACION NO REPARABLE EN AMPARO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Segunda Parte; Pág. 28
Si los agentes policiacos actúan ilegalmente al catear sin orden judicial los lugares donde encontraron los objetos del delito; sin embargo, ese proceder en todo caso podría ser motivo de responsabilidad por parte de dichos agentes policiacos más no actos atribuibles al juzgador que puedan ser reparados en el amparo, máxime si no se alega en tiempo esa violación ante la autoridad competente.
Precedentes
Amparo directo 5493/74. Pablo Antúnez Ortiz. 3 de abril de 1975. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Secretario: Homero Ruiz Velázquez.